Las juezas orales estimaron que debe cumplir en forma efectiva la pena a razón que tiene dos condenas anteriores por porte de drogas y lesiones leves.
Si bien la causa por el delito de incendio fue iniciada el 19 de junio de 2019 y ya hay varios sujetos condenados en juicio abreviado, la Fiscalía de Illapel persistió para encontrar al último acusado que faltaba, quien enfrentó cargos como cómplice de los hechos y que fue sentenciado a 3 años un día de presidio efectivo.
La Fiscalía local acusó que el 19 de junio de 2019, cerca del mediodía, 5 imputados, entre ellos A.S.B.J., previamente concertados y con el fin de ocasionar un incendio en un domicilio de la población Manuel Rodríguez de Illapel sector El Cerro, concurrieron a una estación de servicios Petrobras, donde compraron alrededor de 2 mil pesos en bencina, la cual cargaron en una botella.
Luego, según la acusación, se dirigieron a la propiedad, habitada por terceros, “con quienes tendrían rencillas anteriores”, dijo el fiscal jefe de Illapel, Andrés Villalobos y lanzaron el combustible y prendieron fuego.
Una persona alcanzó a escapar con vida del lugar, pero el inmueble donde alguna vez otros sujetos lo habrían usado para guardar especies y para consumo de sustancias, resultó siniestrado.
El imputado A.S.B.J. había sido formalizado en su momento y se ordenó su prisión preventiva mientras esperaba la preparación del juicio oral. Sin embargo, su defensa solicitó la modificación de su medida cautelar de peligro para la seguridad de la sociedad a la de peligro de fuga con pago de una caución, la cual fue concedida.
“Pese a que la Fiscalía apeló de esa resolución y la Corte de Apelaciones de La Serena revocó la decisión, el sujeto había cancelado la caución, y se mantuvo prófugo. Estuvo en forma clandestino, pero fue detenido (en virtud de una orden de aprehensión en su contra) y el tribunal fijó la audiencia de juicio oral”, relató el fiscal Andrés Villalobos.
En dicha instancia, la Fiscalía argumentó prueba testimonial de oídas, testigos presenciales y pericias químicas de Laboratorio de Criminalística de la Policía de Investigaciones de Chile, que permitieron al Ministerio Público acreditar la responsabilidad del sujeto como cómplice del delito.
Las juezas del Tribunal Oral de Ovalle, Zolila Terán, Lilian Tapia y Claudia Molina, consideraron que A.S.B.J. efectivamente se dirigió a la estación de servicio, aportó 300 pesos para el combustible que se cargó en una botella y se dirigió junto con los otros sujetos hasta el domicilio, para después retirarse del lugar, y luego 2 de los 4 sujetos dieron golpes de patadas a la puerta, para después lanzar la bencina y prender fuego al inmueble.
Las juezas estimaron que si bien A.S.B.J. contaba con un informe social favorable, la pena de 3 años un día deberá cumplirla en forma efectiva por sus antecedentes penales por los delitos de lesiones leves y porte de drogas. Se agregó como abono 400 días que ha pasado privado de libertad al cumplimiento de su pena.
Del resto de los acusados, 3 de ellos – R.P.G.G., K.M.G.R. y N.M.L.G. fueron condenados en juicio abreviado, mientras que un cuarto sujeto, M.A.M.B. fue absuelto en juicio oral realizado con anterioridad.