Ilícito cometido en mayo del año pasado, en la localidad de Quilimari, comuna de Los Vilos.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle condenó el lunes 12 de junio– a S.A.G.M. a la pena de cumplimiento efectivo de 12 años de presidio, en calidad de autor del delito consumado de homicidio simple.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Rubén Bustos Ortiz (presidente), Lilian Tapia Carvajal (redactora) y Ana Karina Hernández Muñoz– dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 20:30 horas del 24 de mayo de 2022, en un restaurant ubicado en la calle Independencia, de la localidad de Quilimarí, comuna de Los Vilos, el condenado, con un elemento contundente le propinó un golpe en la cabeza a C.E.F.M., provocándole la muerte tres días después en el Hospital de Coquimbo, debido a un traumatismo cráneo encefálico.
El tribunal aplicó, además a S.A.G.M. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
En la determinación de la pena a imponer a S.A.G.M., el tribunal tuvo presente la extensión del mal causado, “(…) la que se establece en virtud de la edad de la víctima, esto es 54 años, conforme se desprende del certificado de nacimiento incorporado, quien era padre de un hijo de 8 años a la fecha de juicio conforme se da cuenta en certificado de nacimiento acompañado del niño, en plena etapa de crianza, (…)
la víctima además tuvo que padecer una sobrevida de casi 3 días, en estado grave, conectado a ventilación mecánica, y padeciendo con ello el dolor propio de sus lesiones, las que lo llevaron a la muerte sin posibilidad de socorro, como se expuso en el informe de autopsia por la perito legista, todo lo cual denota un injusto que ponderado aparece como proporcional a la pena de 12 años de presidio mayor en su grado medio”.