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Deuda Histórica Docente: los trámites y los plazos para recibir el aporte

El Ministerio de Educación ha informado a las y los profesores afectados por la Deuda Histórica sobre los trámites necesarios para ser beneficiarios de la ley, los plazos y las etapas de este proceso.

Ley de Solución a la Deuda Histórica Docente

En enero de este año, el Gobierno promulgó la ley que entrega una solución a la Deuda Histórica Docente, la cual contempla un pago único de $4,5 millones a cada persona afectada. Este beneficio alcanzará a cerca de 57 mil docentes que fueron perjudicados entre los años 1980 y 1987.

Períodos de Pago

Existirán seis períodos de pago, considerando los cupos disponibles por año y priorizados según criterios de edad, comenzando con las personas de mayor edad. A cada grupo se le pagará en dos cuotas: la primera en octubre del año respectivo y la segunda en enero del año siguiente al inicio de su pago.

El monto será transmisible por causa de muerte si el o la docente fallece después de entregar los antecedentes que permitan confirmar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley, en caso de que no alcance a percibir de manera íntegra este monto.

Publicación de Resolución Exenta

Este 5 de marzo de 2025, se publicó la resolución exenta que contiene los plazos del proceso de entrega de antecedentes que todas y todos los docentes deben aportar al Mineduc para cumplir los requisitos establecidos en la ley. Próximamente, en una fecha que será informada por el Mineduc, se habilitará una plataforma en la web soluciondeudahistorica.mineduc.cl, donde los docentes tendrán que realizar estos trámites hasta el 31 de diciembre de 2026. Además, la resolución fija el 15 de junio de 2025 como la fecha de corte para la recepción de los documentos de las personas que serán parte del primer grupo de pago.

El Ministro de Educación, Nicolás Cataldo, pidió a las y los docentes estar atentos al proceso “para que puedan cumplir con los trámites que se requieren cuando se habilite la plataforma. Hacemos un llamado a todas las familias de profesoras y profesores, a sus hijos y nietos, o a familiares directos de docentes jubilados, a estar pendientes de este proceso para ayudarles a realizar estos trámites”.

Por su parte, el Seremi de Educación de la Región de Coquimbo, Nicolás Pérez Allendes, reforzó este mensaje: “Quiero invitar a todas y todos los docentes afectados a realizar los trámites necesarios para acceder a este reconocimiento tan esperado. La promulgación de esta ley es un paso importante, pero depende de cada docente completar el proceso en la plataforma oficial, que estará disponible en soluciondeudahistorica.mineduc.cl. Recuerden que el 15 de junio de 2025 es la fecha de corte para quienes deseen integrar el primer grupo de pago. Asegurémonos de que nadie quede fuera de este beneficio”, señaló la autoridad regional.

Requisitos para Realizar el Pago

Para realizar el pago, las y los profesores deberán ingresar datos y enviar documentos en la plataforma, para lo cual deben tener:

  • La Clave Única que entrega el Registro Civil.
  • Un correo electrónico de acceso permanente, a través del cual el Mineduc enviará información sobre el avance del proceso.

Trámites del Proceso

Una vez que los docentes ingresen a la plataforma, deberán cumplir con los siguientes trámites y plazos, según el caso en que se encuentren:

Docentes en el Listado de Docentes Traspasados del Mineduc

  • Manifestar la voluntad de recibir el monto, que solo puede ser realizada por el docente afectado.
  • Declaración jurada que indique no haber recibido el pago de la asignación que generó la deuda histórica.
  • Declaración jurada simple en que se indique la inexistencia de alguna demanda judicial en curso. En caso de existir un juicio o reclamación administrativa pendiente, podrá adjuntar la copia de solicitud de desistimiento al tribunal respectivo, pero el pago solo se podrá realizar cuando obtenga del tribunal la certificación de que se encuentra firme y ejecutoriado el desistimiento total de las acciones, el que podrá presentar hasta la fecha de corte para la entrega de información que permita ser considerado en el último período de pago (año 2030).
  • Declaración jurada de desistimiento de acciones judiciales futuras.

Estas declaraciones tendrán un formato estándar y deberán ser aceptadas en la misma plataforma. Una vez que ingresen los antecedentes, los docentes recibirán en su correo electrónico un certificado de finalización de la solicitud.

Docentes No Incluidos en el Listado de Docentes Traspasados del Mineduc

Aquellos docentes afectados que no sean parte del registro de docentes traspasados del Mineduc podrán subir en la plataforma, en el formato y tamaño que en ella se indicará, documentos que entreguen antecedentes sobre su traspaso a la educación municipal:

  • Antecedentes que cada docente tenga disponible que permitan determinar que fue parte del proceso de traspaso de las escuelas públicas a la administración municipal, en el período 1980-1987. El Ministerio de Educación, de todos modos, revisará en todas estas postulaciones su registro histórico de funcionarios, para realizar esta determinación, por lo que contar con este tipo de antecedentes no es requisito para realizar esta postulación.
  • Manifestar la voluntad de recibir el monto, que solo puede ser realizada por el docente afectado.
  • Declaración jurada que indique no haber recibido el pago de la asignación que generó la deuda histórica.
  • Declaración jurada simple en que se indique la inexistencia de alguna demanda judicial en curso. En caso de existir un juicio o reclamación administrativa pendiente, podrá adjuntar la copia de solicitud de desistimiento al tribunal respectivo, pero el pago solo se podrá realizar cuando obtenga del tribunal la certificación de que se encuentra firme y ejecutoriado el desistimiento total de las acciones, el que podrá presentar hasta la fecha de corte para la entrega de información que permita ser considerado en el último período de pago (año 2030).
  • Declaración jurada de desistimiento de acciones judiciales futuras.

Estas declaraciones tendrán un formato estándar y deberán ser aceptadas en la misma plataforma. Una vez que ingresen los antecedentes, los docentes recibirán en su correo electrónico un certificado de finalización de la solicitud.

Plazos del Proceso

Los docentes tendrán hasta el 31 de diciembre de 2026 para hacer entrega de la información requerida: aportar su manifestación de voluntad, presentar sus antecedentes y suscribir las declaraciones juradas.

Sin embargo, para poder ser parte del proceso de pago 2025, la fecha de corte para la entrega de los antecedentes requeridos es el 15 de junio de este año. Considerando quienes hayan entregado la información hasta dicha fecha, y en los casos de quienes cumplan con todos los requisitos, el Mineduc definirá al primer grupo de pago, que será de 15.560 docentes, los que se seleccionarán considerando a los de mayor edad, de entre quienes quedarán habilitados como beneficiarios para recibir el pago.

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