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Conce las fechas para postular al subsidio de arriendo para adultos mayores y personas con discapacidad

El Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU) ha anunciado que las personas mayores de 60 años y personas con discapacidad podrán postular al subsidio de arriendo 2025 durante el mes de abril. Este beneficio, que forma parte del Plan de Emergencia Habitacional (PEH), cuenta con un presupuesto de más de $68.000 millones para 9.500 beneficiarios a nivel nacional.

Detalles del Subsidio

El subsidio de arriendo está dirigido a personas de 60 años o más y a personas con discapacidad, independiente de su edad, que no cuenten con ingresos suficientes para pagar el arriendo de una vivienda. El monto del subsidio depende del tramo del Registro Social de Hogares (RSH) en el que se ubique el solicitante, cubriendo entre el 90% y 95% del valor del arriendo mensual por un período de 24 meses, con posibilidad de renovación.

Requisitos para Postular

Para acceder a este beneficio, los interesados deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Cédula de Identidad Chilena: Ser ciudadano chileno.
  • Vulnerabilidad Social: Pertenecer al 70% más vulnerable de la población según el Registro Social de Hogares (RSH).
  • Ingreso Mínimo: Contar con un ingreso mínimo de 5 UF, equivalente a la pensión asistencial vigente.
  • No Requiere Ahorro Mínimo: No es necesario contar con un ahorro mínimo para postular.

Proceso de Postulación

Las postulaciones se realizarán entre el 1 y el 30 de abril de 2025. Ángelo Montaño, Director de SERVIU en la Región de Coquimbo, destacó la importancia de que los interesados comiencen a reunir los antecedentes necesarios para la postulación. “Tenemos más de 440 cupos disponibles en la Región de Coquimbo, por lo que invitamos a las personas a informarse en nuestras redes sociales, acercarse a nuestras oficinas y, a partir de abril, postular a este subsidio”, señaló Montaño.

Facilidades para la Postulación

Este año, para facilitar el proceso, se ha incorporado la posibilidad de postular a través de un representante. Mediante un poder simple, los representantes podrán efectuar la postulación para aquellas personas que se encuentren postradas o sin posibilidad de asistir personalmente al SERVIU.

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