Ilícitos perpetrados en marzo de 2022, en el sector Las Compañías.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena condenó a J.E.G.P. a la pena de cumplimiento efectivo de 10 años y un día y 3 años y un día de presidio, en calidad de autor de los delitos consumados de homicidio simple y porte ilegal de arma de fuego prohibida.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Ximena Pérez Pinto (presidenta), Eugenia Gorichón Gómez (redactora) y Rubén Bustos Ortiz– dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 15 horas del 1 de marzo de 2022, en la vía pública del sector de Las Compañías, comuna de La Serena, J.E.G.P. disparó a la víctima en el tórax con un arma de fuego prohibida, causándole una herida de bala toraco cardiaca, sin salida de proyectil, que le causó la muerte.
El tribunal impuso, además, a J.E.G.P. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas.
“(…) el autor verificó todos los elementos objetivos del tipo, utilizó un arma de fuego modificada o adaptada, para disparar a la víctima a una distancia de no menos de 140 centímetros de distancia, según concluyó el informe pericial químico, causándole una herida toraco cardíaca de carácter mortal aún con socorros oportunos y eficaces, según concluyó la médico legista, acción que fue demostrativa del dolo homicida puesto que el sujeto activo, en conocimiento de todos esos elementos, asumía el resultado mortal”, consigna el fallo.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestra biológica del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación al registro nacional de ADN de condenados.