La iniciativa busca resguardar la dignidad e integridad de las personas que viven o transiten por la comuna. Se hará efectiva mediante un enfoque educativo, preventivo y sancionatorio, con multas que van de 2 a 5 UTM.
La Municipalidad de La Serena respondió a una de las demandas más grandes del último tiempo en torno a la violencia de género a la que están expuestas las personas en los espacios públicos. Se trata de la aprobación por unanimidad del Concejo Comunal de la “Ordenanza contra el Acoso Callejero”.
En concreto, la medida está orientada a educar, prevenir y sancionar aquellas manifestaciones ofensivas que atenten contra la dignidad e integridad tanto física como psicológica de las personas, tomando en consideración a todas y todos, sin distinción de género, edad, discapacidad, etnia, etc.
El alcalde de La Serena, Roberto Jacob, anunció que la puesta en marcha de la normativa comunal, impulsada por la Sección Mujer y Equidad de Género de la Municipalidad, permitirá trabajar de lleno en la erradicación de las violencias de género.
“Luego de un largo estudio, elaboramos esta ordenanza junto a las concejalas que estuvieron en esto. Será principalmente educativa, porque hay que educar, pero también sancionar a quienes ejerzan algún tipo de maltrato u hostigamiento, porque en los tiempos que vivimos esto no corresponde y es reñido por la moral. Esta ordenanza comenzará a funcionar y decirles a estas personas que tienen malas conductas que tengan mucho cuidado, los vamos a perseguir porque tenemos el respaldo legal de esta ordenanza”.
De esta manera, con el lema “Comunidad Municipal Comprometida con la Erradicación de la Violencia de Género en Espacios Públicos”, se contemplan capacitaciones a funcionarios municipales, actividades educativas y de sensibilización en espacios públicos, jornadas de educación en colegios de La Serena, además del diseño de un “Plan de Educación, Promoción y Prevención de la Violencia de Género contra las Personas en Espacios Públicos”, convenios de colaboración con otros órganos de la administración del Estado, entrega de sellos QR con guía orientativa a locales comerciales y la implementación de un “Punto Morado” en eventos municipales que convoquen a más de mil personas.
Las conductas prohibidas estipuladas dentro de la normativa son aquellos actos dañinos y ofensivos dirigidos contra una persona o grupo de personas, destinados a perturbar, agraviar, denostar, discriminar o humillar a una persona, en forma física o verbal, debido a su orientación sexual, identidad y expresión de género, mediante captación, registros audiovisuales, persecución a pie o en vehículo, gestos obscenos, silbidos, jadeos, sonidos guturales, comentarios o insinuaciones alusivas al cuerpo.
Las denuncias se podrán realizar en la Municipalidad, en dependencias de la Sección Mujer y Equidad de Género. Su fiscalización será realizada por la Dirección de Seguridad Ciudadana y las infracciones serán remitidas al Juzgado de Policía Local, quienes aplicarán las multas correspondientes.