Ilícitos perpetrados en octubre de 2020, en la comuna de Canela.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle condenó a E.A.M.G.C. a dos penas de cumplimiento efectivo de 3 años y un día de presidio, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de las condenas, en calidad de autor de dos delitos consumados de lesiones menos graves a funcionarios de Carabineros.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por las magistradas Claudia Molina Contador (presidenta), Ana Karina Hernández Muñoz y Lilian Tapia Carvajal (redactora)– condenó, además, a E.A.M.G.C. a dos penas de 540 días de reclusión efectiva, accesorias legales, en calidad de autor de los delitos consumados de daños simples y amenazas no condiciones.
En la causa, el tribunal decretó la absolución de E.A.M.G.C. de los cargos formulados en su contra, que lo sindicaban como autor del delito consumado de maltrato animal.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la noche del 8 de octubre de 2020, “(…) en la vía pública del sector Huentelauquén Norte, comuna de Canela, fuera del domicilio de E.A.M.G.C., quien previamente evadió un control de Carabineros, para luego ingresar a su domicilio, azuzó a su perro, dándole la orden verbal ‘ataca káiser’ por lo que el perro se abalanzó sobre el Sargento 2º de Carabineros José Guajardo Castillo, mordiéndole en la pierna izquierda, causándole lesiones consistentes en ‘lesión por mordedura en pierna izquierda, por cara medial erosiva, por cara lateral puntiforme más profunda sin compromiso de grandes vasos’.
A fin de repeler la agresión antes indicada el funcionario policial Jara hizo uso de su arma de servicio, disparando contra el animal.
Asimismo, E.A.M.G.C. lanzó piedras al carro policial, logrando impactar una piedra el parabrisas delantero del vehículo fiscal, causando en el vehículo policial daños valorados prudencialmente en la suma de $700.000.
Posteriormente, esa misma noche, E.A.M.G.C. llegó hasta el domicilio ubicado en sector Huentelauquén Norte S/N, comuna de Canela, específicamente al exterior del domicilio de la víctima Y.E.O.R., a quien amenazó de muerte.
Producto de todo lo anterior el acusado fue detenido y trasladado a bordo del mismo vehículo policial antes indicado hasta la Tenencia de Carabineros Carreteras Choapa para continuar con el procedimiento de su detención, instante en que se abalanzó sobre el Cabo 2º de Carabineros Sebastián Jara Vásquez, golpeándolo y causándole lesiones consistentes en ‘luxación de la articulación del hombro’.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestra biológica del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación al registro nacional de ADN de condenados.