Los hechos ocurrieron en el sector de La Compañía Alta de La Serena y el Tribunal desechó la legítima defensa privilegiada ya que la versión del sujeto carecía de verosimilitud ya que el robo resultó ser falso.
La Fiscalía de La Serena, luego de rendir toda la prueba, acreditó ante los jueces del Tribunal Oral en lo Penal, la responsabilidad de C.E.L.C., de 26 años de edad, en un delito de homicidio consumado y lesiones menos graves, hechos ocurridos el 15 de enero del 2022, en su propio domicilio.
Según los antecedentes, ese día a eso de las 3:40 AM, al interior del domicilio ubicado en pasaje Pintora María Alaniz, sector Las Compañías, La Serena, el acusado premunido de un cuchillo y con la intención de matar, apuñaló a la víctima al menos en tres oportunidades distintas en diferentes partes del cuerpo, entre ellas la zona torácica.
El afectado quedó con lesiones consistentes en traumatismo toraco abdominal, herida cortopenetrante toraco cardíaca, las que le causaron la muerte en el lugar.
Asimismo, según la acusación, el sujeto agredió a otra víctima, quien también se encontraba al interior del domicilio, apuñalándolo en reiteradas ocasiones en diversas partes del cuerpo, causándole con esta acción lesiones consistentes en un trauma penetrante torácico, herida torácica abdominal penetrante, entre otras, que tuvieron un tiempo de sanación e incapacidad en un lapso de igual o inferior a 30 días.
El robo inexistente
La Fiscal Patricia Campos Álvarez realizó la acusación y el caso fue llevado a juicio oral por el fiscal Rodrigo Céspedes Illanes, quien evidenció un antecedente clave.
“Para resolver de este modo, el tribunal de La Serena acogió la teoría del caso del Ministerio Público y rechazó la concurrencia de la legítima defensa privilegiada del artículo 10 N° 6 del Código Penal, que había sido alegada por su defensa, por estimar que la versión entregada por el imputado carece de la verosimilitud necesaria para tener por acreditados los presupuestos legales de dicha justificante”, dijo.
“El sujeto denunció un robo inexistente para justificar un ataque con arma blanca que le profirió a dos personas que habían sido invitadas por el acusado a su domicilio para consumir drogas, todo ello en el contexto de una riña previa”, puntualizó Céspedes, quien dijo que el sujeto llamó a Carabineros para denunciar el robo, “lo cual resultó desvirtuado ya que se habrían concertado mediante la aplicación de teléfonos Grindr para consumir drogas y surgió una riña”.
El Tribunal comunicará la sentencia el próximo 15 de mayo de 2023, a las 14:45 horas.
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