InicioChile¡Es Ley! Sancionarán a quienes participen en carreras clandestinas

¡Es Ley! Sancionarán a quienes participen en carreras clandestinas

Según informó el diario oficial hoy martes 4 de octubre, queda establecida la Ley que sanciona carreras en vehículos no autorizados.

Algo que se esperaba hace algún tiempo, hoy se convirtió en ley. Las multas podrían llegar hasta las diez unidades tributarias, aproximadamente $595.950 mil pesos mensuales.

Según el artículo 197 sobre las carreras clandestinas:

“Para efectos de este artículo, se entenderán por carreras no autorizadas conductas realizadas sin autorización (…) y en cualquiera de los lugares señalados:

1° Carreras que se efectúen contra otros vehículos, contra reloj o cualquier otro dispositivo para medir el tiempo, para medir velocidades máximas o hasta llegar o pasar un punto, meta o destino determinado.

2° Competencia de destrezas, deslizamientos o derrapes.

3° Competencias de maniobras o de velocidad que pongan en peligro la vida o la integridad física de terceras personas.”

Señala la ley, además, que la persona que conduce el vehículo puede tener penas de presidio menor en su grado mínimo o ser multado de entre dos a diez unidades tributarias mensuales, ocasione o no daños.

Diario oficial

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