La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó este viernes 13 los recursos de protección presentados en contra de Carabineros y del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por el uso de elementos disuasivos -balines y gases lacrimógenos- en protestas y manifestaciones pacíficas.
En fallos unánimes (causas roles 3681 y 3691-2019), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Marta Maldonado, Christian Le-Cerf y Juan Carlos Espinosa– rechazó las acciones deducidas, tras establecer la falta de fundamentación del supuesto actuar ilegal o arbitrario de las recurridas.
“La confusa, vaga, imprecisa y ambigua exposición de hechos que se contienen en los recursos impetrados impiden efectuar el debido contraste que supone esta acción cautelar”, plantea el fallo.
Resolución que agrega: “En efecto, solo se alega que el actuar atribuido a los recurridos es ilegal y arbitrario conculcando diversos derechos fundamentales garantizados por la Carta Magna, sin embargo no se detalla las circunstancias concretas y precisas del contexto en que se habrían sucedido dichos hechos, como por ejemplo, día, lugar y hora, elementos necesarios para realizar el examen de legalidad o razonabilidad que esta acción constitucional obliga”.
Por tanto, concluye que: “SE RECHAZAN, con costas, los recursos de protección interpuestos por Nicole Soto Valenzuela y Ricardo Galaz Moreira, y Daniela Andrea Molina Barrera, en contra de Carabineros de Chile y del Ministerio del Interior y Seguridad Pública”.