- Cierre de malls y strip center y 3 horas para votar en regiones donde habrá segunda vuelta para elegir gobernadores
Un llamado a respetar las normas que protegerán los derechos de trabajadores y trabajadoras durante las elecciones de este domingo hizo la Dirección del Trabajo.
La entidad fiscalizadora laboral informó las exigencias legales que deberán ser acatadas durante los comicios del domingo 24 en las 11 regiones donde es necesaria la realización de una segunda vuelta para elegir gobernadores o gobernadoras regionales.
Las 11 regiones donde se realizarán estos comicios son Arica y Parinacota, Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana, O’Higgins, Maule, Biobío, La Araucanía y Los Lagos.
La Dirección del Trabajo (DT) fiscalizará el feriado legal, obligatorio e irrenunciables de comercio, el derecho de sufragio o excusa legal de al menos 3 horas y el permiso necesario para ejercer como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados ante la Junta Electoral.
En este sentido el Seremi del Trabajo, Francisco Brizuela, explicó que “dentro de estos días la DT se pronunció en torno a las características de este domingo 24 de noviembre, que es día de elección de gobernadores en las que, por ejemplo, señala que es un día de feriado obligatorio para aquellas personas trabajadoras o trabajadores que se desempeñan en establecimientos comerciales que se ubiquen en un lugar que compartan razón social, en este caso son los Mall y los strip center. Para ellos es feriado legal y obligatorio. Mientras que todo el resto del comercio -incluyendo supermercados, grandes tiendas y otros locales no regidos por la situación legal ya descrita- podrá funcionar este domingo”.
“En el caso de aquellos trabajadores que tengan que cumplir funciones este domingo 24 de noviembre la normativa estableció un permiso especial para acudir a votar o a excusarse de votar y ese permiso tiene un mínimo de 3 horas. Por lo tanto, estamos haciendo un llamado para que los empleadores puedan respetar ese permiso, así como también otorgar todas las facilidades para que este domingo 24 de noviembre, todas y todos los que les corresponde, podamos acudir a los centros de votación”, agregó el Seremi del Trabajo.
Respecto de los permisos para sufragar o cumplir obligaciones electorales, la normativa indica que los trabajadores y trabajadoras que deban trabajar ese día, producto de que tienen jornadas excepcionales o trabajo continuo autorizado por la ley, tienen el derecho a tres horas y pueden ocuparlas para ir a votar o también ocuparlo para excusarse si hay alguna causal legal que habilite la excusa.
Y también aquellos trabajadores y trabajadoras que fueron designados vocales de mesa pueden contar con el permiso por todo el tiempo que dure ese trabajo y no pueden sufrir disminución de sus remuneraciones o menoscabos de ningún tipo.
Fiscalización laboral durante comicios
La DT fiscalizará el domingo 24 de noviembre las denuncias recibidas a través del Canal de Atención Telefónica (CAT) -600 450 4000- entre las 09:00 y las 14:00 horas de ese día.
Se fiscalizará las siguientes materias:
1.- No otorgamiento de feriado legal obligatorio e irrenunciable para los trabajadores comprendidos en el numeral 7 del artículo 38 del Código del Trabajo, en aquellos casos en que presten servicios en centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica.
– Multas por infracción de entre 3 ($199.884) y 60 ($3.997.680) UTM (*), dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.
2.- No otorgamiento de permiso laboral a los trabajadores designados como vocales de Mesas Receptoras de Sufragios, miembros de Colegios Escrutadores o delegados de la Junta Electoral, para quienes los días de la elección no constituyen feriado legal irrenunciable.
– Multas por infracción de entre 3 ($199.884) y 60 ($3.997.680) UTM, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.
3.- No otorgamiento de permiso por 3 horas a trabajadores para sufragar.
– Multas por infracción de entre 3 ($199.884) y 60 ($3.997.680) UTM, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.
(*) Valor de la UTM en noviembre 2024: $66.628.