La Corte de La Serena rechazó el recurso de apelación interpuesto por la defensa de doce imputados por el Ministerio Público, como autores del delito consumado de usurpación u ocupación violenta, en contra de la resolución que les impuso la medida cautelar de desalojo de las propiedades tomadas, ubicadas en el sector de Rinconada El Sauce de la comuna de Coquimbo.
En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Rodrigo Díaz Figueroa, la fiscala judicial Pilar Aravena Gómez y la abogada (i) Elvira Badilla Poblete– confirmó la resolución impugnada, dictada por el Juzgado de Garantía de Coquimbo, que ordenó el desalojo con auxilio de la fuerza pública de las parcelas usurpadas.
“Atendido el mérito de los antecedentes, cumpliéndose los presupuestos previstos para decretar la cautelar que aparece impugnada en estos antecedentes y visto lo dispuesto en (…) el Código Procesal Penal, se confirma la resolución de veintidós de agosto de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Garantía de Coquimbo, que decretó la medida cautelar real del artículo 157 ter del Código Procesal Penal, respecto de los imputados de autos”, sostiene el fallo.
La resolución agrega que: “Sin perjuicio de lo anterior, habiéndose otorgado un plazo de 30 días a contar del 17 de septiembre de 2024 para el cumplimiento de la medida cautelar decretada, teniendo además en consideración la existencia de subsidios que se encuentran en actual tramitación, así como la eventual presencia de menores de edad y mujeres embarazadas entre los afectados por la medida, y atendida la presentación del señor defensor de la niñez, se dispone que el Juzgado de Garantía deberá oficiar al Ministerio de Vivienda y Urbanismo, al Ministerio de Bienes Nacionales, al Instituto de Derechos Humanos, al Departamento Social de la Municipalidad de Coquimbo y al Ministerio del Interior y Seguridad Pública, con la finalidad que las referidas instituciones tomen las medidas pertinentes para velar que el desalojo, en caso de ser necesario, sea ejecutado bajo las condiciones que garanticen la dignidad e integridad de las personas a quienes atañe la medida y prevenir o al menos reducir en gran medida el impacto social o las consecuencias adversas que son inherentes a un proceso como el de la especie”.
Al respecto, el ministro Díaz Figueroa señaló que: “esta medida consiste en el desalojo de ocupantes ilegales de un predio particular, y esa medida fue confirmada por la Corte de Apelaciones. Sin embargo, estimando que la misma puede tener evidentes consecuencias para quienes ocupan actualmente ese inmueble, se dispuso por la sala oficiar a una serie de instituciones que tienen competencia en esta materia para que adopten medidas para el caso de que sea necesario acudir al auxilio de fuerza pública para realizar este desalojo, para aminorar un poco las consecuencias que la medida va a tener y el impacto en los grupos familiares que se verán afectados”.
Según el ente persecutor, desde el 14 de enero de 2022, los imputados y otros ocuparon y usurparon terrenos pertenecientes a la empresa Inmobiliaria El Olivar Limitada, correspondiente a los lotes 135 y 136 etapa II del proyecto de parcelación de la comunidad La Herradura, ubicados en el sector de Rinconada de la comuna de Coquimbo. Ocupación ilegal que incluye actos de “señor y dueño”, consistente en la división informal del terreno y construcciones de viviendas de material ligero destinadas a la habitación.