El Segundo Juzgado de Letras de Coquimbo condenó a la municipalidad local a pagar una indemnización total de $55.000.000 por concepto de daño moral, a paciente y su pareja, que resultó con una neuropatía traumática de nervio ciático, no recuperable, por la administración de un medicamento intramuscular, en la posta de Pan de Azúcar.
En el fallo, el magistrado Ismael Fuentes Navarrete dio lugar a la demanda deducida, tras establecer la responsabilidad por falta de servicio del establecimiento de atención primaria, por lo que le ordenó a la Municipalidad de Coquimbo pagar por concepto de daño moral las sumas de $40.000.000 al demandante, y $15.000.000 a su pareja, quien debió hacerse cargo de su cuidado.
“(…) se encuentra suficientemente acreditado que, como consecuencia de la atención recibida en el Servicio de Atención Primaria de Urgencia de Pan de Azúcar, el demandante resultó con una dolencia compatible con una neuropatía del nervio ciático izquierdo, que necesariamente obedece a una lesión iatrogénica secundaria a la punción realizada en el glúteo izquierdo al administrársele una inyección el referido centro de salud (…), cuyos efectos se traducen en dolor en la zona afectada refractario a los tratamientos médicos administrados y claudicación severa neurogénica en la marcha, de naturaleza irrecuperable”, sostiene el fallo.
Por tanto, se resuelve que: “en base a lo anterior, se determinará prudencialmente al daño moral sufrido por los actores, en la suma de $ 40.000.000 (cuarenta millones de pesos) para el actor (…) y $ 15.000.000 (quince millones de pesos), para la actora”.