InicioRegiónCoquimboPampilla Coquimbo: Realizan campaña de protección para trabajadores

Pampilla Coquimbo: Realizan campaña de protección para trabajadores

En la tradicional Pampilla de Coquimbo, el Instituto de Seguridad Laboral (ISL), en compañía del Seremi del Trabajo, Francisco Brizuela, lanzaron la campaña “Fonda Protegida: Seguridad Compartida”.

Esta iniciativa busca informar sobre las medidas preventivas para resguardar la salud y seguridad laboral de quienes trabajan durante este período de fiestas patrias.

El ISL, junto a un equipo de profesionales prevencionistas de riesgos, recorrió las instalaciones de fondas y ramadas, entregando mensajes sobre medidas preventivas para proteger a los trabajadores y trabajadoras que se desempeñan en estos lugares. El objetivo es evitar accidentes del trabajo, de trayecto y enfermedades profesionales.

El Seremi del Trabajo, Francisco Brizuela, destacó que “estamos haciendo difusión en La Pampilla, en la fiesta más grande de Chile, sobre materias de seguridad laboral. En este caso, estamos enfatizando ciertas obligaciones que deben cumplir los empleadores, especialmente para los trabajadores del comercio. Por ejemplo, la existencia de extintores cargados y actualizados, la identificación de vías de evacuación, mantener los lugares limpios y aseados, e identificar zonas de riesgos para que los y las trabajadoras puedan desarrollar sus actividades en condiciones seguras”.

Para reforzar este llamado, las y los funcionarios del ISL —organismo público que, junto a las mutualidades, administra el Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (Ley 16.744)— realizarán una serie de visitas en terreno a lo largo de todo el país. Estas visitas incluirán asesoría técnica en materias preventivas, con material de apoyo como señalética de seguridad, capacitaciones y volantes informativos para propiciar un festejo seguro.

Andrés Vera, director del ISL Coquimbo, explicó que “estamos difundiendo las medidas de seguridad para las trabajadoras y trabajadores que se desempeñan en las fondas y ramadas, para que conozcan el Seguro de la Ley y cuáles son los trabajadores y trabajadoras protegidos en caso de un accidente de trabajo o enfermedades profesionales. También estamos entregando señalética para que los fonderos puedan indicar las salidas de emergencia, el uso de extintores y los lugares para mantener las medidas de higiene”.

Prestaciones del Seguro de Accidentes y Enfermedades Laborales

El Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales contempla prestaciones preventivas, médicas y económicas. En este contexto, quienes trabajan en fondas, ramadas y locales similares y que cuenten con un contrato de trabajo, están protegidos por dicho Seguro ante accidentes del trabajo, de trayecto y ante enfermedades profesionales.

Este importante instrumento de la seguridad social opera con el denominado “Principio de Automaticidad”, que garantiza la cobertura de las prestaciones del Seguro “desde el primer día de vigencia de su relación laboral, aun cuando no se hubiere escriturado el contrato de trabajo”, según señala el Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, en su título II, de la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso).

Por ello, basta la ocurrencia de un accidente del trabajo o el diagnóstico de una enfermedad profesional durante la vigencia de una relación laboral, para que se genere el derecho de la o el trabajador a las prestaciones preventivas, médicas y económicas del Seguro.

En este sentido, independiente de que la entidad empleadora se encuentre retrasada en los pagos de las cotizaciones, esto no afectará el derecho de la o el trabajador a las prestaciones indicadas.

De igual modo, tampoco se puede condicionar la atención médica a la presentación de la denuncia de accidente o enfermedad profesional por parte de la o el empleador, mediante la correspondiente Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT) o Denuncia Individual de Enfermedad Profesional (DIEP), ni el otorgamiento de las prestaciones económicas a la presentación de una solicitud.

Asimismo, las y los trabajadores que emiten boletas de honorarios y realizaron su Operación Renta 2024 con retención, también se encuentran protegidas desde el 1 de julio del año declarado hasta el 30 de junio del año siguiente. Sin embargo, en el caso de que la o el trabajador no cumpla con lo mencionado anteriormente, puede acceder cotizando voluntariamente con el ISL para obtener los beneficios de manera inmediata.

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