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Vidrios polarizados: Comienza a regir la fiscalización

Este jueves 11 de agosto empezó a operar la medida que busca compatibilizar el uso de estos implementos con la seguridad vial de los conductores.

El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones anunció que comienza oficialmente la implementación al proceso de control de polarizados de vehículos livianos y medianos en Plantas de Revisión Técnica. La medida busca fortalecer la seguridad en la conducción, a través de la regulación de este tipo de accesorios.

El objetivo de la norma es asegurar vidrios de visión directa suficientemente trasparentes, sin causar distorsiones apreciables de los objetos, vistos a través de ellos y no dar lugar a ninguna confusión en los colores utilizados en los semáforos y en las señales de tránsito. Cabe señalar que las láminas polarizadas además no deben ser reflectivas, metálicas o espejadas.

“Desde este 11 de agosto, comenzará a regir la normativa respecto al uso de los vidrios polarizados. Los vehículos livianos y medianos deben regirse por lo que dice la normativa sobre el factor de transmisibilidad de la luz. La medida también aplica para taxis y transporte escolar. Es importante saber que los vehículos que tengan vidrios polarizados, deben tener un sello y cumplir con lo que dice la norma, si no su revisión técnica será rechazada”, señaló la Seremi de Transportes y Telecomunicaciones, Alejandra Maureira.

En caso que los vehículos no cumplan con el porcentaje de transmisibilidad permitido, la PRT deberá rechazar la revisión técnica. En esta línea, Carabineros podrá realizar controles y si el vehículo contara con una polarización completamente negra, o bien, sin su sello, la multa va entre 0,2 y 0,5 UTM.

-Nivel de transmisión de la luz adecuado, dependiendo del tipo de vehículo:

 Vehículos livianos y medianosTaxis y Transporte Escolar
Vidrios laterales delanteros70%70%
Vidrios laterales traseros28%50%
Luneta trasera28%70%
Porcentajes aceptados
  • Adicionalmente, tanto los polarizados como las láminas de seguridad deben ser no reflectivas, es decir, ni metálicas ni espejadas.
  • Además, el valor del factor deberá ser grabado en la lámina mediante la incorporación de un sello en relieve e indeleble. Este debe indicar además el nombre y el RUT del instalador.

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