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Corte de La Serena remite a tribunal de alzada de santiago recurso contra la Convención Constitucional

La Corte de Apelaciones La Serena resolvió remitir a la Corte de Apelaciones de Santiago el recurso de protección presentado en contra la Convención constitucional, por la aprobación de los denominados plebiscitos intermedios dirimentes, tras rechazar el incidente de acumulación de la causa interpuesto por los abogados de la recurrida, que solicitaban su traslado a la Corte de Valparaíso.

En fallo unánime (causa rol 2010-2021), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Vicente Hormazábal, Jorge Corrales y el abogado (i) Claudio Fernández–se declaró incompetente, al compartir el razonamiento de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, en orden a que la acumulación de causas procede cuando los recursos se encuentren en instancias similares, situación que no ocurre en la especie.

Por tanto, se resuelve:

“1) Que, se rechaza sin costas, el incidente de acumulación puesto que la Corte competente para conocer de éste en atención a lo preceptuado por el artículo 96 y 98 del Código de Procedimiento Civil es la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso por ser su ingreso más antiguo; y asimismo, y sin perjuicio de lo anterior, no es procedente por encontrarse en disímiles etapas procesales.

2) Que, atendido el mérito de los antecedentes, en especial que el acto recurrido y sus efectos se materializan en la comuna de Santiago, y visto lo dispuesto en el artículo primero y segundo del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre recurso de protección, acoge sin costas la excepción de incompetencia y se declara incompetente esta Corte para conocer de la presente acción constitucional, debiendo remitirse los antecedentes a la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago vía interconexión para su conocimiento y resolución del presente recurso de protección. Asimismo, comuníquese vía correo electrónico en su oportunidad, la remisión vía sistema del presente recurso a la Corte señalada, dejándose constancia en autos”.

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