Más de 2 millones de personas votaron el 15 de diciembre en la consulta ciudadana organizada por la Asociación Chilena de Municipios. Los resultados revelaron un amplio apoyo a nueva Constitución, siendo la opción de la Convención Constitucional, integrada en su totalidad por ciudadanos electos, el mecanismo elegido por la mayoría de los votantes.
Para saber más sobre la importancia del actual momento constituyente, conversamos con el abogado y académico de la Universidad Católica del Norte, Esteban Szmulewicz Ramírez, Magister en Pensamiento y Gobierno de Sociedades Complejas (Universidad de Barcelona, España), Magister en Política Comparada (London School of Economics in Political Science, Reino Unido), y docente del Magister en Políticas Públicas y Gobernanza Territorial de la UCN.
En primer lugar, reflexiona Szmulewicz,“cabe señalar que la Constitución Política de 1980, a pesar de ser la más reformada en nuestra historia, es considerada por la ciudadanía como una norma ilegítima en su origen, y al mismo tiempo en su contenido presenta déficits democráticos”.
Lo anterior, explica, principalmente “por el fuerte sesgo antimayoritario que da un amplio poder de veto a una minoría, vulnerando el principio democrático y dañando la eficacia del sistema político para resolver problemas complejos. También, por cuanto contempla un reducidopapel de la ciudadanía en la toma de decisiones públicas, y un limitado rol del Estado en la economía, particularmente en cuanto a su rol regulatorio”.
Para superar este déficit democrático, y a partir de las manifestaciones sociales de lasúltimas semanas,señala el académico, se logróun acuerdo amplio y transversal de partidos políticos con representación en el Congreso Nacional,“que se traducirá en una reforma constitucional para la realización de un plebiscito, a fin de consultar a la ciudadanía si aprueba o no la idea de elaborar una Nueva Constitución”.
Constitución y políticas públicas
La Constitución, explica Esteban Szmulewicz, se relaciona con las políticas públicas en un doble sentido: por un lado establece las bases del sistema económico, y por otra parte, regula el proceso político.
En materia económica, la Constitución hoy vigente garantiza la primacía de la propiedad privada y la libre (y casi ilimitada) iniciativa económica, vastas desigualdades socioeconómicas, y tutela limitadade derechos económicos, sociales y culturales.
A su vez, advierte, respecto del sistema político, “cabe considerar la fuerte concentración de atribuciones en el Presidente de la Repúblicaa nivel del diseño institucional, en desmedro del rol del Congreso Nacional, que tenía una posición cardinal en la Constitución de 1925: jugaba un papel central en la estructuración de coaliciones y acuerdos políticos para aprobar leyes e implementar las políticas públicas, constituyendo una arena clave para la consolidación del sistema de partidos políticos”.
Es de esperar que en una nueva Constitución se revise el hiper-presidencialismo, dice el jurista.
Por otra parte, indica que, si bien la Constitución no determina las concretas políticas públicas que se diseñen, “tampoco debiera ser un límite infranqueable para las mayorías en el Congreso o en el Gobierno, como ha ocurrido hasta ahora, y como lo reflejan los casos de los proyectos de ley del SERNAC y de titularidad sindical que se aprobaron en el Congreso por mayorías, pero que luego fueron declarados inconstitucionales”.
¿Qué elementos son importantes para que este proceso constituyente sea exitoso?
Primero, cabe relevar la importancia de un acuerdo nacional de carácter amplio al inicio del proceso constituyente, asegura Esteban Szmulewicz. Este acuerdo, agrega, “alcanzado en noviembre pasado entre las diversas fuerzas políticas que expresan legítimos puntos de vista sobre el contenido de la nueva Constitución, se expresará en el quórum de dos tercios de los Diputados y Senadores en ejercicio para aprobar la reforma constitucional, que habilitará la realización del plebiscito sobre la nueva Constitución en abril del próximo año”.
Para lograr legitimidad final del proceso constituyente, advierte el académico de la UCN,“los casos más recientes han tendido a generar mayores espacios para la participación ciudadana que sus símiles más clásicos. Se ha tendido a diseñar procesos más deliberativos, con diversas formas de consulta y comunicación con la ciudadanía y la sociedad civil”.
Dicho de otra manera, prosigue, “si el proceso de creación constitucional persigue subsanar problemas de legitimidad del sistema político, ello no dependerá sólo del contenido del nuevo texto de la Constitución sino, sobre todo, de que el proceso constituyente sea lo más inclusivo, participativo y deliberativo posible”. De allí que resultan cruciales los plebiscitos, tanto el de entrada, en abril próximo,como el ratificatorio final, que será con voto obligatorio, con lo cual el proceso vuelve de manera directa a la ciudadanía en la etapa final.
Un proceso exitoso, declara, también pasa por “incrementar la formación para la ciudadanía, mediante una importante campaña que permita a las personas comprender los aspectos clave mínimos y valorar la importancia de la Constitución, campaña que tiene que permear a los medios de comunicación social, las universidades y las organizaciones comunitarias, sobre todo si se quiere que el tema constitucional sea debidamente ponderado por la ciudadanía. También la ciudadanía debe activarse, superar la pereza del ciudadano hacia una concepción republicana, con interés y preocupación por los asuntos públicos”, acota.
El éxito del proceso constituyente, expresa finalmente Szmulewicz, “estará determinado por la correcta conjugación de los siguientes elementos: participación ciudadana, representatividad y pluralismo en el cuerpo deliberativo”.