Un total de 304 solicitudes examinó la Comisión de Libertad Condicional de La Serena en este primer semestre.
Durante tres jornadas –entre el 17 y 19 de abril- se analizaron las carpetas presentadas por el tribunal de conducta de Gendarmería de la región de Coquimbo, correspondiente a internos de los centros penitenciarios de La Serena, Ovalle, Illapel y Combarbalá.
El presidente de la Corte de Apelaciones, Juan Pedro Shertzer, informó hoy –lunes 23 de abril- que fueron concedidas 122 solicitudes, es decir un 40%, mientras que se rechazaron 182 peticiones (60%).
El derecho no extingue ni modifica la duración de la pena, sino que es un modo particular de cumplimiento en libertad, bajo la supervisión de personal especializado de Gendarmería.
“La libertad condicional desde el punto de vista de los internos es un derecho, porque si ellos cumplen una serie de requisitos es un derecho que la comisión de libertad condicional les otorgue el beneficio, lo que no significa que se le reduzca la pena, sino que la siguen cumpliendo en libertad”, manifestó.
Los requisitos para postular a este derecho se encuentran establecidos en el Decreto Ley N° 321 de 1925, que considera haber cumplido la mitad de la condena que se le impuso, conducta intachable en el establecimiento penal, haber aprendido un oficio y la asistencia a la escuela del establecimiento y a las conferencias educativas que se dicten, entre otros.
“Las personas que se les da la libertad condicional se les realiza un riguroso seguimiento por el tribunal de conducta de cada centro penitenciario, y es ese tribunal el que prepara las carpetas y eleva su conclusión a esta comisión, la que fundadamente determina el resultado tras un análisis caso a caso”.
La comisión estuvo encabezada por el ministro (s) de la Corte de Apelaciones, Juan Carlos Espinosa, e integrada por dos jueces del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena, dos magistrados del Juzgado de Garantía, y la secretaria del tribunal de alzada, quien actúa como ministro de fe.