La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó el recurso de nulidad presentado por el Consejo de Defensa del Estado en contra la sentencia que estableció que la Intendencia Regional de Coquimbo debía restituir en el cargo de jefe de administración y finanzas, a Luis Flores Cortés, vicepresidente nacional de la Federación de Asociaciones de Funcionarios del Ministerio del Interior y Servicios Afines, quien fue removido unilateralmente de dichas funciones.
En fallo unánime (causa rol 151-2017), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Fernando Ramírez, Marta Maldonado y el fiscal judicial Miguel Montenegro– confirmó la sentencia recurrida, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena, que rechazó la denuncia por práctica antisindical y ordenó la restitución del dirigente sus funciones habituales como jefe de administración y finanzas de la repartición pública.
“(…) la Ley N° 19.296 cabe recordar que su artículo 25 prohíbe que los dirigentes gremiales sean cambiados de funciones sin su autorización por escrito, autorización que no ha sido acreditada ya que los correos electrónicos incorporados por ambas partes sólo dan cuenta de conversaciones dirigidas a obtener un acuerdo que en definitiva no prosperó y que en cualquier caso no cumple el requisito legal en orden a ser otorgado por escrito. “, establece el fallo de primera instancia.
Criterio que refrendó la Corte de Apelaciones de La Serena, por resultar evidente “(…) que las decisiones adoptadas en dicho fallo no pueden estimarse contradictorias, como quiera que no es posible advertir la imposibilidad de cumplir la única decisión que el tribunal ordena acatar al denunciado contenida en lo dispositivo del fallo, esto es, la de reintegrar al dirigente gremial a sus labores habituales, resolución que no se opone a la otra”.
Por lo que, concluye: “se RECHAZA, sin costas, el recurso de nulidad interpuesto por el Abogado Procurador Fiscal del Consejo de Defensa del Estado-Intendencia Regional de Coquimbo, don Carlos Vega Araya, en contra de la sentencia definitiva de fecha tres de julio del dos mil diecisiete, dictada por la juez titular del Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena, doña Nancy Bluck Bahamondes”.
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