La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó recurso de nulidad y confirmó la sentencia que ordenó a la empresa Invertec Pacific Seafood S.A. reincorporar a Liliana Maier Álvarez, tesorera del Sindicato Interempresa Nacional de Trabajadores Unidos Tricot, Sintricot, y a pagar una multa de 50 UTM (unidades tributarias mensuales) por práctica antisindical.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia recurrida, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena, que acogió la denuncia presentada por la Inspección del Trabajo en contra de la empresa pesquera, por incurrir en actos que atentan contra la libertad sindical de los trabajadores.
“(…) la falta de justificación del despido transforma el indicio de práctica antisindical en prueba completa y suficiente de que la señora Liliana Maier fue despedida únicamente por su calidad de dirigente sindical, conducta que a falta de otros antecedentes que podría haber esgrimido la empresa (…), es constitutiva de la práctica anti sindical contemplada en la letra a del artículo 291 del Código del Trabajo, esto es, el ejercicio de fuerza moral para que los trabajadores se abstengan de pertenecer a un sindicato”, establece el fallo de primera instancia.
Criterio que refrendó la Corte de Apelaciones de La Serena, que concluyó que “se rechaza el recurso de nulidad intentado por la parte denunciada, Invertec Pacific Seafood S.A., en contra de la sentencia de veintidós de mayo de dos mil diecisiete, rectificada por resolución de fecha 26 de mayo de 2017, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena en (…), la que, en consecuencia, no es nula”.