La Corte de Apelaciones de La Serena acogió el recurso de protección presentado por Karina Paola Botarro Carvajal en contra de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin) de Coquimbo, por el rechazo de tres licencias médicas presentadas por la recurrente.
En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada acogió la acción cautelar por considerar arbitrario el actuar del Compin, ordenando dejar sin efecto el rechazo de las licencias médicas, proceder a su autorización y correspondiente pago.
“El propio Reglamento otorga herramientas a la entidad recurrida para los efectos de verificar o corroborar la información aportada por el médico que extendió la licencia médica que ha sido impugnada, y sin embargo, la recurrida (…) no describe causa específica de rechazo (…).
Basta entonces estar frente a tan trascendental carencia, para calificar el acto como ilegal por no estar motivado y también arbitrario o carente de razonabilidad porque no señala qué antecedentes de carácter idóneos se tomaron en cuenta para decidir cómo se hizo”, sostiene el fallo.
La resolución concluye que: “(…) por estas consideraciones, disposiciones señaladas, (…),SE ACOGE, con costas, el recurso de protección interpuesto doña Karina Paola Botarro Carvajal en contra de COMPIN, por lo que se dispone que la COMISION DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ COQUIMBO dejará sin efecto el rechazo de las licencias médicas Nº(…); por carecer de fundamentos, y deberá autorizar la licencia médica Nº(…) por haber transcurrido con creces el plazo legal para emitir de manera oportuna la correspondiente Resolución. En consecuencia, dispondrá lo pertinente para el pago de las tres licencias indicadas”.