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Confirman sentencia que ordenó construir ascensor en pasarela de Mall Plaza La Serena

La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó este miércoles el recurso de apelación presentado por las defensas de la Municipalidad y la Sociedad Plaza La Serena S.A., en contra de la sentencia que ordenó el pago de una multa y la construcción de un ascensor que permita acceso universal a pasarela peatonal que cruza la avenida Huanhualí.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia apelada, dictada en septiembre pasado por la magistrada Ghislaine Landarretche del Segundo Juzgado de Letras de La Serena, que estableció que la pasarela es insuficiente para garantizar la circulación universal por el sector.

“(…) no es posible imponer una carga adicional a las personas que cuentan con discapacidad física, no permitiéndoles cruzar por la misma vía destinada a quienes lo pueden hacer de a pie por la pasarela, que cuenta con acceso rápido, expedito, y sin obstáculos entre los dos centros comerciales, y de manera inversa, obligándolos a transitar hacia las veredas rebajadas de las calles ya aludidas, con el costo de tener que circular varios metros más; disponer de mayor tiempo y sobrepasar obstáculos como semáforos y tránsito vehicular, lo que a todas luces resulta mayormente dispendioso y gravoso para ellas”, sostiene el fallo de primera instancia.

El fallo del tribunal de alzada confirma la resolución que resolvió condenar a la Municipalidad de La Serena y a la Sociedad Plaza La Serena S.A, a pagar una multa de 15 UTM a beneficio fiscal, y a la sociedad comercial “a construir un elevador o ascensor en la pasarela construida sobre avenida Huanhualí, entre avenida El Santo y Alberto Solari, ajustado a la normativa y estándares vigentes acerca de la accesibilidad universal, que sea funcional en todo horario, en un plazo de 120 días, y a la I. Municipalidad de La Serena, a dar estricta aplicación para la referida construcción (…) en armonía con la Convención de Derechos con Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo”.

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