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Dirección General de Aguas del MOP optimiza control de extracciones de aguas subterráneas

En un plazo máximo de 120 días, los titulares de derechos deberán ajustarse a las exigencias del procedimiento de instalación de dispositivos de medición de caudal en los puntos de control, a fin de levantar información periódica y verificar.

El martes 16 de agosto se publicó en el Diario Oficial la resolución de la Dirección General de Aguas del Ministerio de Obras Públicas, destinada a hacer más eficiente y efectivo el control de extracciones de aguas subterráneas. Para tal efecto, todos los titulares de derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas deberán, en un plazo máximo de 120 días, ajustarse a las exigencias establecidas en el “Instructivo de Normas y Procedimientos de Control de Extracciones de Aguas Subterráneas”, vigente desde octubre de 2015.

La seremi de Obras Públicas, Mirtha Meléndez, señaló que “con esto se busca fortalecer la facultad fiscalizadora de la DGA, mediante una estandarización del procedimiento de instalación de dispositivos de medición de caudal en los puntos de control de extracciones de aguas subterráneas, a fin de levantar información periódica y verificar que el caudal extraído coincida con el derecho otorgado”.

El Director Regional de Aguas, Carlos Galleguillos, precisó que “la disposición de la DGA considera a todos los titulares de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas a los que se les haya exigido el control de extracciones con anterioridad, ya sea por resoluciones masivas o individuales, además incluye a los derechos de aprovechamientos de aguas provisionales y aquellos que tengan autorizados puntos alternativos”.

Los titulares deberán adecuarse a los tres niveles de exigencias del sistema de control de extracciones según rango de caudales (mayor, intermedio y menor), debiendo contar con un sistema de control que cumpla las exigencias establecidas respecto a: máximo error de medición, rango de medición, tipo de medidor (mecánico, electromagnético o ultrasónico), calibración del instrumento, características de la instalación del medidor de caudal (distancias), entre otras consideraciones. Toda la información sobre las nuevas políticas implementadas por la DGA para el control de extracciones, está en sitio www.dga.cl, sección Fiscalización, o bien, puede ser requerida en la oficina regional de la DGA.

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