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Por vulneración de derechos de un menor Corte de Apelaciones ordena a Roberto Dueñas Dujovne y a la radioemisora Mi Radio bajar contenido

La Corte de Apelaciones de La Serena acogió el recurso de protección interpuesto por los padres de un menor de edad y la Defensora de la Niñez, y ordenó a Roberto Dueñas Dujovne y a la radioemisora Mi Radio, eliminar los comentarios vertidos en contra del recurrente en programa emitido el 27 de noviembre del año pasado, y reproducidos en redes sociales.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Marta Maldonado, Caroline Turner y el fiscal judicial Miguel Montenegro– acogió la acción cautelar presentada, tras establecer que las declaraciones vertidas por Dueñas en el programa “Buen Día”, afectan la dignidad, el derecho de privacidad y a la vida íntima del menor.

“El pleno ejercicio y respeto de los derechos del niño, en el presente caso, se ha visto afectado por la exposición pública de sus condiciones personales de vida y de aspectos de su situación familiar”, sostiene el fallo.

La resolución agrega que: “(…) aunque la libertad de expresión ha sido fundamental en el progreso de un Estado social y democrático de derecho, la experiencia demuestra que su ejercicio abusivo genera perjuicios si no se ejerce con responsabilidad y prudencia, puesto que puede entrar en conflicto con otras libertades individuales y ello fue precisamente lo que ocurrió en el caso que nos ocupa, en que los dichos, apartados de la prudencia, vertidos por el recurrido, en un medio de comunicación social, afectaron el derecho a la vida privada del menor involucrado, lo que también importa una vulneración a su honra, teniendo especialmente presente que, tratándose de un menor de edad, requiere mayor protección de todos los órganos estatales”.
Por lo tanto, concluye que: “las recurridas deberán eliminar toda publicación referida a la familia e hijo de los recurrentes de todas las cuentas en redes sociales de cualquier naturaleza, páginas web y canales en Youtube, que pertenezcan o en que publiquen los recurridos, en un plazo de diez días a contar de la notificación de esta sentencia.

fuente thematelevision.cl

1 COMENTARIO

  1. Súper rápido se pronunció la corte claro si es el caso de un juez pero si hubiese sido el caso de un menor hijo de cualquier chileno común hay que esperar años 🤦‍♀️Chile país de pituto

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