El caso de la profesora jubilada María Angélica Ojeda, que pide a su AFP retirar sus fondos previsionales, sigue avanzando. Este martes, en forma unánime, la Segunda Sala del Tribunal Constitucional decidió acoger a trámite el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad derivado desde la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta. Esto, pese a que el ministro dijo que el reclamo “no tiene fundamento” y las AFP señalaron que el caso desvía la atención del “tema de fondo” del debate sobre el mejoramiento de las pensiones.
Desde la Asociación de AFP y el Gobierno se lanzaron contra la estrategia seguida por la profesora jubilada María Angélica Ojeda, quien recurrió ante la Corte de Apelaciones de Antofagasta para retirar sus fondos previsionales, un requerimiento que fue derivado y acogido a trámite este martes por la Segunda Sala del Tribunal Constitucional (TC).
El ministro del Trabajo, Nicolás Monckeberg, dijo que el recurso “no tiene fundamento” y aseguró que se suma a otros libelos que tienen “motivaciones políticas”. Mientras, el presidente del gremio, Fernando Larraín, hizo un llamado a no cambiar el foco de la discusión en torno al debate: “Llevamos cuatro años discutiendo de cómo mejorar las pensiones y este tema lo único que viene a hacer es sacar el debate hacia un tema totalmente distinto que las pensiones”, comentó.
“Preocupémonos del tema de fondo que es como mejoramos las pensiones de las personas en vez de estar discutiendo si queremos acercarnos o no a un sistema como el peruano, que dejó de ser un sistema previsional, donde la gente retira sus fondos”, agregó.
Larraín hizo un llamado a ser pacientes señalando que “hay que esperar los trámites y que las instituciones funcionen”. “Chile es un país en donde las instituciones funcionan, confiamos en los argumentos que tenemos y también confiamos en los ministros de la Corte respecto de lo que vayan a hacer, esto es un primer trámite que se inicia, falta bastante tiempo para ver qué finalmente va a suceder”, precisó.
Decisión unánime
Pese a los reclamos del ministro Monckeberg y la Asociación de AFP, el caso sigue avanzando porque este martes la Segunda Sala del Tribunal Constitucional decidió acoger a trámite el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad deducido por la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta.
La resolución fue adoptada en forma unánime por la sala integrada por la presidenta del tribunal, María Luisa Brahm Barril, y los ministros Gonzalo García Pino, Cristián Letelier Aguilar, Nelson Pozo Silva y Miguel Ángel Fernández González.
Asimismo, la sala, también por decisión unánime, accedió a lo solicitado por la Corte requirente, disponiendo la suspensión de la tramitación del ya referido recurso de protección.
El recurso
Mediante el recurso, la profesora jubilada le pidió a la AFP Cuprum retirar los 46 millones 569 mil pesos acumulados en sus fondos de pensiones para cubrir los gastos y deudas que la aquejan, ya que los 185 mil pesos mensuales que recibe como pensión no bastan y además, es una cifra muy por debajo a lo que ella recibía de sueldo durante su último año laboral (1,2 millones de pesos).
Su reclamo ha contado con el respaldo de organizaciones, como el movimiento No + AFP, que asegura que se están vulnerando los derechos constitucionales de los jubilados al impedirles retirar sus fondos.
Sin embargo, el regulador se pronunció dando su respaldo a la administradora. Según informa Pulso, la Superintendencia de Pensiones emitió un informe avalando el accionar de la AFP Cuprum, señalando que “se enmarca plenamente dentro de las normas que rigen y regulan su funcionamiento”.
“No tiene fundamento”
Por su parte, el ministro del Trabajo, Nicolás Monckeberg, se refirió al recurso presentado por la docente de Antofagasta sosteniendo que “se han presentado una decena de recursos iguales y todos han sido rechazados y declarados inadmisibles”.
“En este caso, la corte decidió antes de rechazarlo, enviarlo al TC, en mi opinión, sostener que es inconstitucional una ley que obliga que esos recursos se usen para pensiones no tiene fundamento, no ha tenido fundamento en el pasado, ni lo tendrá en el futuro, porque precisamente lo que la ley garantiza es que ese ahorro es del trabajador y es para garantizarle una pensión en sus años de vejez”, precisó.
“En esto no hay dos opiniones, tanto el Tribunal Constitucional como el ordenamiento jurídico y los tribunales de justicia, han defendido el derecho de propiedad de estos fondos y este derecho de propiedad garantiza que estos recursos se usan para pensiones”, agregó.
“Esto busca más una acción política que una acción legal con fundamento, y no me gusta cuando se usan los tribunales de justicia para presentar posturas cuando en esta materia tenemos que ser serios”, finalizó.
fuente: elmostrador.cl