Los protocolos de actuación, instrumentos que regular los procedimientos de una comunidad educativa, tienen la finalidad de enfrentar situaciones, que ponen en riesgo y/o vulneran los derechos de una o más personas, de manera oportuna, organizada y eficiente.
La correcta aplicación de estos protocolos tiene la base en el resguardo de derechos de niños y niñas, prevenir y actuar a tiempo ante hechos que pueden poner en riesgo la integridad de los párvulos y mejorar continuamente los procesos de enseñanza-aprendizaje en los diferentes espacios educativos del nivel.
La normativa educacional define 4 protocolos para el nivel de Educación Parvularia, los cuales tienen que estar contenidos en el Reglamento Interno del establecimiento educacional, sala cuna o jardín infantil.
Primero, para situaciones de vulneración de derechos de niños y niñas. Segundo, protocolos para enfrentar los hechos de maltrato infantil, de connotación sexual y agresiones sexuales. Tercero, un protocolo para las situaciones de violencia entre adultos de la comunidad educativa. Y cuarto, un protocolo para los accidentes de párvulos.
Este instrumento debe considerar de forma clara y organizada las acciones que se adoptarán frente a la ocurrencia de un accidente dentro del establecimiento. También, es fundamental definir los responsables de implementar dichas acciones, resguardando en todo momento la integridad física de niños y niñas.
Un protocolo en esta materia debe contener como mínimo información respecto de, tipo de seguro que cuenta el párvulo (estatal o privado), centro asistencial más cercano y redes de atención en general o preferenciales, responsables de trasladar al niño o niña a un centro asistencial -si fuere necesario- y también, el funcionario o funcionaria responsable de comunicar a madres, padres o apoderados la ocurrencia del accidente, para lo cual será necesario que el establecimiento mantenga un registro actualizado con sus datos de contacto.
Los contenidos mínimos que deberán incluir los protocolos de actuación son los siguientes:
- Procedimientos y pasos a seguir.
- Responsables de implementar y realizar las acciones y medidas que dispongan.
- Plazos definidos,
- Medidas de resguardo dirigidas a niños y niñas afectados, las que deben incluir los apoyos psicosociales que se pueden proporcionar.
- Medidas precautorias en relación a adultos involucrados, sin perjuicio del principio de la presunción de inocencia.
- Y, medios y estrategias para informar sobre los hechos y su seguimiento.